El Ministerio de Energía y Minas (MEM) aprobó el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos (Ley Nº 26848) que tiene como finalidad lograr el racional desarrollo de esta fuente energética para asegurar el abastecimiento de la energía necesaria para el crecimiento de la economía, la diversificación de la matriz energética y el bienestar de los peruanos.
Dicho dispositivo aprobado en la víspera bajo Decreto Supremo Nº 019-2010 – EM, contiene cambios sustanciales en los requisitos y obligaciones de los inversionistas interesados en los recursos geotérmicos del suelo y del subsuelo del territorio nacional.
El director de Concesiones Eléctricas del MEM, Ing. Mardo Mendoza, detalló que el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos reducirá el riesgo para el inversionista y sus gastos financieros y beneficiará al peticionario con la devolución de su garantía en caso su solicitud sea rechazada, evitándole perjuicios ante las entidades financieras.
La norma – que lleva la rúbrica del presidente Alan García, del presidente del Consejo de Ministros, Javier Velásquez Quesquén y del ministro del sector, Pedro Sánchez - también detalla que el Estado podrá hacer uso de los estudios concluidos o no, pero cuyo titular de autorización haya considerado no continuar con la exploración, permitiendo la promoción de nuevos inversionistas en este campo de la energía.
También establece un área máxima para realizar tanto exploración como explotación geotérmica, con lo cual se espera reducir la posibilidad de acaparamiento de áreas con potencial geotérmico y permitir el desarrollo de estudios y proyectos, que tienen carácter de exclusividad en la zona donde se desarrollen.
Los futuros titulares de una autorización geotérmica podrán adoptar los estudios que estimen conveniente para efectos de valorar el potencial de un campo geotérmico.
El funcionario señaló que la Dirección General de Electricidad propuso este nuevo reglamento para disponer de medidas que permitan una transferencia ordenada y transparente de los derechos geotérmicos otorgados a entidades públicas, de conformidad con las normas aplicables a la promoción de la inversión privada.
El nuevo reglamento cuenta con un título preliminar, cuatro títulos, 65 artículos, 4 disposiciones complementaras, una transitoria y un anexo. El dispositivo Nº 019-2010 deroga el antiguo Reglamento de la Ley Orgánica de los Recursos Geotérmicos que fuera aprobado en diciembre de 2006
Fuente: MEM